1.
LA FAMILIA CRISTIANA
HOY – Benjamín Forcano
Pensamiento
moderno y conciliar sobre la familia cristiana
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Basado en el matrimonio, el modelo de familia según el
Concilio no tiene como finalidad primaria la procreación, sino que es “una comunidad íntima de vida y amor”,
con plena razón de ser aun cuando falte la descendencia. La paternidad
responsable hace que los esposos puedan elegir medios contraceptivos (no
abortivos) que les permitan asegurar su amor cuando éste es el valor mayor y
entra en conflicto con otros valores.
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La indisolubilidad
no aparece en el Nuevo Testamento como un valor absoluto inderogable en
toda pareja, sino como un ideal al que hay que tender. La economía salvadora de
Dios sabe compaginar la misericordia con la fragilidad y limitación humanas,
entendiendo que el ideal es muchas veces enemigo de lo mejor. El matrimonio
civil es el único que estuvo vigente en la Iglesia durante siglos. La
apropiación que de él ha hecho la Iglesia para administrarlo entre católicos,
no niega el matrimonio como realidad natural, creada por Dios, del que derivan
propiedades que no desaparecen en el matrimonio cristiano. El amor, inspiración
fundamental, es la misma en ambos y autoriza a mantenerlo como cristiano cuando
surgen fallos irrecuperables y puede tener, entre contrayentes cristianos,
significado cristiano aun cuando la ley lo relegue a matrimonio civil.
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La cuestión del aborto,
con determinación del momento en que hay vida en el proceso de la concepción,
no pertenece al dogma ni a la fe; es una cuestión humana que hay que dirimir
con la ayuda de las ciencias. Todos estamos a favor de la vida, pero
observando los pasos necesarios antes de concluir cuándo se da esa vida. Una
hipótesis científica, hoy bastante generalizada, afirma que el embrión no es
individuo humano sustantivizado hasta las ocho semanas.
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La homosexualidad
es también un problema humano, sobre el que no hay normas cristianas
específicas. Es, en todo caso, un hecho existente en todos los pueblos y
culturas y, en la actualidad, ya no se la puede calificar de enfermedad,
anomalía o perversión, sino que puede ser considerada una variante legítima, aunque
minoritaria, de la sexualidad humana.
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Una sociedad democrática, con gobierno democrático, tiene
poder moral para debatir estos temas
y darles democráticamente un estatuto jurídico con leyes oportunas. El
matrimonio entre homosexuales no es equiparable ciertamente -por su
imposibilidad de tener hijos biológicos- al matrimonio tradicional, entendido
éste como matrimonio entre un hombre y una mujer, pero sí es un proyecto de vida
entre dos personas, que pueden ejercer una paternidad-maternidad fecundas en
otros aspectos.
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La condena de la masturbación
se ha basado en el supuesto pre-científico de creer que el varón con el gameto
masculino era la causa total de la vida, y frustrarlo equivalía a frustrar una
nueva vida. La valoración de la masturbación parte hoy de otros planteamientos.
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Es una abstracción partir de que, en la educación de los hijos, el derecho pertenece en exclusiva a los
padres. El derecho a ser educado es de los hijos y, en una Escuela, Sociedad y
Estado democráticos, ese derecho es compartido de diversa manera por unos y por
otros. Tan es así que no son pocos los casos en que, ante el abuso o
irresponsabilidad de los padres, intervienen instituciones sociales o el mismo
Estado para asegurar la salvaguarda de ese derecho.
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En una sociedad democrática, plural, el contenido
educativo se extrae básicamente de la naturaleza de la persona, que incluye
propiedades, objetivos y consecuencias que atañen a todos, independientemente
de la religión que se profese o de que no se profese ninguna. Las exigencias morales de una u otra
religión no son materia para proponer a todos mediante leyes vinculantes.
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Un Estado democrático no podrá negar nunca el derecho a
la libertad religiosa: ser creyente,
serlo de una u otra religión, no serlo de ninguna. Pero ningún creyente o ateo
podrán exigir que su fe sea impuesta a los demás por el Estado mediante
legislación concreta.
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Las leyes en
una sociedad democrática se debaten, se aprueban en el Parlamento y se
promulgan por el Gobierno. Atendiendo a la racionalidad y ética humanas
civiles, esa sociedad democrática puede legislar las leyes que considere más
justas y oportunas sobre temas humanos, incluidos los del aborto, divorcio,
etc. En la preparación de esas leyes, los católicos tienen todo el derecho del
mundo a intervenir con cuantos argumentos crean conveniente.
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